Normas de Equipaje
Cada pasajero tiene derecho a transportar sin costo una (1) valija en bodega.
En caso de exceder esta cantidad, el equipaje adicional será aceptado únicamente si la capacidad del ómnibus lo permite y previo pago del importe correspondiente. Dicho importe se calcula según las tarifas vigentes del servicio de encomiendas.
Resolución 47/1995 – Artículos 1 y 2 – Secretaría de Transporte